SEGURO
ESPECIAL PARA EMPRESAS DE GRÚAS
PARA EL ARRASTRE Y TRANSPORTE DE VEHÍCULOS SANZ & DOMECQ – Correduría
de Seguros, S.L.
¿QUE
CUBRE? Las
consecuencias pecuniarias de la Responsabilidad
Civil que pueda derivarse para el Asegurado,
de acuerdo con la Legislación Vigente,
por daños personales, materiales
y perjuicios consecutivos, tal y como los
mismos quedan definidos en la Condiciones
Generales, causados involuntariamente
a terceros, con motivo de la explotación
de la actividad descrita en Condiciones
Particulares. ADEMÁS
La
propiedad o uso de instalaciones utilizados
para el desarrollo de la actividad de la
Empresa así como los equipos, materiales,
mercancías, enseres y utillaje necesarios
para el ejercicio de la actividad de la
Empresa.
Daños
ocasionados por los vehículos
remolcados y/o transportados por las
grúas, tanto si el daño
se ocasiona estando el vehículo
remolcado o enganchado a citadas grúas,
como si se ocasiona como consecuencia
directa de su desenganche o caída.
Daños
ocasionados por las grúas cuando
esté funcionando en los trabajos
para los que ha sido concebida, en
funciones de carga y descarga o en reposo.
Daños
ocasionados a los vehículos remolcados
y/o transportados siempre
y cuando tales daños se produzcan
durante las fases de enganche, remolcado
y desenganche de los mismos.
Daños
causados por las maquinarias autopropulsadas (grúas
de arrastre) y otros vehículos
utilizados por el Asegurado para la actividad
objeto de seguro, así como
por las operaciones de carga y descarga,
cuando dicha responsabilidad no
se encuentre comprendida dentro de la Ley
de Uso y Circulación de Vehículos
de Motor.
ÁMBITO
TEMPORAL
La póliza ampara
los daños
ocurridos durante la vigencia de la misma
y reclamados durante ese mismo periodo
o en el plazo máximo de dos años
a contar desde la terminación de
la última
de sus prorrogas o, en su defecto, de su
periodo de duración, así como
desde la anulación o rescisión
de la póliza.
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